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Lunes, Octubre 10, 2022
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Varios movimientos sociales y organizaciones de la sociedad civil han invertido y/o continúan invirtiendo tiempo en comprometerse con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU (en adelante PRNU); participando en consultas y plataformas de promoción, tanto regionales como internacionales, y más remotamente a través de intervenciones escritas, como el reciente aporte de la Red-DESC sobre la captura corporativa ante el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos (en adelante el Grupo de Trabajo). Después de varios años de interacción con el Grupo de Trabajo y en el proceso de implementación de los PRNU dentro de sus planes de acción nacionales voluntarios (NAP, por sus siglas en inglés), muchos han llegado a la misma conclusión de que los NAPs no son suficientes como herramienta independiente para la rendición de cuentas corporativa, particularmente debido a su carácter voluntario.

Para complementar el proceso de los PRNU, es evidente que necesitamos urgentemente concentrar esfuerzos y recursos en la implementación de la resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos la cual decidió en el 2014 “establecer un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta sobre empresas transnacionales y otras empresas comerciales en materia de derechos humanos, cuyo mandato será elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante para regular, en el ámbito del derecho internacional sobre derechos humanos, las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales”.

El proceso del tratado se encuentra actualmente en una coyuntura crítica en la que las corporaciones transnacionales y sus Estados de origen en el Norte Global amenazan con socavar su esencia y hacer retroceder las demandas de responsabilidad legal y obligaciones extraterritoriales. Esto socavaría los esfuerzos de responsabilidad corporativa y las luchas por la justicia social vinculadas a nivel mundial. Mientras Ecuador continúa ostentando oficialmente la presidencia del proceso del tratado, otros países del Sur Global también deben considerarse guardianes de este proceso. Esto es especialmente cierto cuando la mayoría de los abusos y violaciones de los derechos humanos relacionados con actividades comerciales ocurren en el Sur Global a manos de corporaciones transnacionales con sede en el Norte Global (enlace en inglés).

Adicionalmente, es preocupante que no hayan habido consultas informales este año con los movimientos sociales y las organizaciones de la sociedad civil. Del mismo modo, nos preocupa que no se hayan adoptado criterios o enfoques claros para garantizar que los Estados aliados clave en el proceso del tratado formen parte de este grupo.

En realidad, la situación actual sugiere que Ecuador ha dejado de lado a las organizaciones de la sociedad civil (OSC) y a varios Estados clave que podrían ayudar a impulsar este proceso de una manera que centre las demandas de los pueblos sobre las agendas del poder corporativo, las ganancias y la codicia. Es hora de que el gobierno ecuatoriano haga espacio a otros actores del Sur Global quienes podrían llevar la antorcha y defender este proceso del tratado junto con ellos.

Como complemento fundamental del proceso UNGP, consideramos fundamental que los Estados movilicen sus recursos y esfuerzos para liderar el proceso de elaboración de un instrumento jurídicamente vinculante y, como primer paso concreto, participen de manera significativa y eficaz en las negociaciones intergubernamentales de Ginebra del 24 al 28 de octubre. 2022.

Este año, una delegación de miembros participará en las negociaciones intergubernamentales de Ginebra para un #TratadoVinculante y presentará las principales demandas que el #TratadoVinculante debe abordar para poner un alto a la #ImpunidadCorporativa. Algunas de las demandas clave han sido definidas por el trabajo regional de los miembros, realizado en el período previo a las negociaciones.

Incidencia a nivel regional
Latinoamérica
  • Colombia: Varios miembros y aliados de la Red-DESC [incluyendo al Comité Ambiental en Defensa de la Vida, la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR), el Consejo de los Pueblos Wuxhtaj, FIANColombia y FIAN-Internacional, el Foro Ciudadano de Participación por la Justicia y los Derechos Humanos (FOCO), Derechos de los Pueblos Indígenas Internacional (IPRI), y el Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER)] se reunieron en Bogotá en julio del 2022, al margen del foro regional de la ONU sobre empresas y derechos humanos, para recordarles a los Estados latinoamericanos que las medidas voluntarias a través de los NAPs no son suficientes para regular el poder corporativo. Si bien reconocemos, con el debido agradecimiento a los movimientos y defensores de los derechos humanos, que las medidas obligatorias se están convirtiendo cada vez más una parte integral de los planes gubernamentales para abordar las violaciones a los derechos humanos causadas por las actividades comerciales, esto no es suficiente. Nuestro mensaje en Colombia fue claro: necesitamos un instrumento jurídicamente vinculante que establezca estándares y expectativas para que las corporaciones en todo el mundo tomen responsabilidades. Las garantías de responsabilidad legal y obligaciones extraterritoriales siguen siendo clave para asegurar el fin de la impunidad empresarial y el instrumento jurídicamente vinculante es un proceso clave para establecer dichos estándares.
  • Chile: Algunos miembros de la Red-DESC (incluyendo al Movimiento de Afectados por las Represas, MAB -por sus siglas en portugués-, y PODER) viajaron a Santiago para reunirse con el gobierno chileno en julio del 2022 y solicitar que Chile priorice las negociaciones del tratado como parte de su agenda de gobierno. Varias organizaciones chilenas clave han enviado una carta al gobierno chileno con esta misma solicitud, como seguimiento a esta misión. Nuestra esperanza en Chile y su gobierno recién electo es que se oponga a la captura corporativa del proceso del tratado y que lidere el avance de la elaboración de este instrumento jurídicamente vinculante con disposiciones sólidas que puedan hacer responsables a las corporaciones. Si bien el gobierno chileno inicialmente se abstuvo de votar la resolución 26/9 para la elaboración de un instrumento jurídicamente vinculante que regularía a las empresas, creemos que Chile, con su nuevo gobierno, se encuentra en un momento oportuno para asumir el liderazgo y asegurar que el proceso del tratado continúe, centrando el interés y demandas de las personas y comunidades afectadas en América Latina y en otras partes del mundo. Creemos firmemente que también se ajusta a los importantes compromisos que este nuevo gobierno ha hecho con su base electoral.
  • México: La Red-DESC, en colaboración con PODER y otros miembros, realizaron una reunión de incidencia con el gobierno mexicano en octubre del 2022 con varios objetivos principales: 1) Impulsar la participación activa y efectiva de México durante la octava sesión del tratado sobre empresas transnacionales (ETNs) yotros negocios empresariales; 2) Proporcionar argumentos sobre por qué México podría ser un líder en la región de América Latina y el Caribe, trabajando efectivamente hacia un instrumento jurídicamente vinculante; 3) Motivar al Estado Mexicano a unir fuerzas con Colombia y Chile para tener una mayor participación regional; 4) Exigir la participación de la sociedad civil en el desarrollo de la posición oficial durante las negociaciones del instrumento jurídicamente vinculante en octubre; 5) Tener más transparencia en el proceso; 6) Instar al Estado Mexicano a mantener su fuerte posición en los artículos del texto que benefician a las comunidades afectadas o potencialmente afectadas por las actividades empresariales, dados los grandes acuerdos internacionales de inversión que ha suscrito y los impactos negativos de las empresas transnacionales en los derechos humanos sin los procesos de debida diligencia ambiental y en materia de derechos humanos; y 7) Fomentar la aplicación de la política exterior feminista de México en el proceso del instrumento vinculante para proteger los derechos de las mujeres y que este incluya de manera transversal las perspectivas de género e interseccionales.
Asia
    • Tailandia: En colaboración con el Grupo Especial de Trabajo de Asia sobre el Instrumento Jurídicamente Vinculante (ATF, por sus siglas en inglés), miembros de la Red-DESC [como ALTSEAN-Burma, Citizen News Service, Pacto por los Pueblos Indígenas de Asia (AIPP), Derechos de los Pueblos Indígenas Internacional (IPRI), y la Fundación Manushya] llevaron a cabo una misión de incidencia en Bangkok, Tailandia, en septiembre, al margen del Foro de Empresas Responsables y Derechos Humanos de Asia Pacífico. El propósito de esta misión fue promover la elaboración de un tratado para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en línea con la resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. En esta misión nos reunimos con varios Estados asiáticos clave para pedirles que participen de manera efectiva y significativa en el proceso del tratado y en las negociaciones del actual borrador del texto del tratado, de una manera que corresponda con las demandas de las comunidades afectadas por las actividades corporativas.

    In 2014, six Asian States voted in support of Resolution 26/9 paving the way for the process towards stronger binding international regulations on TNCs and other business enterprises. For more than a decade, ATF and ESCR-Net members have been taking collective action to advance the development of a clear and comprehensive international human rights framework on corporate accountability, including an international binding treaty on human rights and business.

África
  • Ghana: En un esfuerzo por hacer avanzar el proceso del tratado de manera significativa, varios grupos miembros y aliados de la Red-DESC en la región africana [incluyendo al Observatorio por los Recursos Africanos (AfreWatch),  African Coalition on Corporate Accountability (ACCA), African Indigenous Foundation for Energy and Sustainable Development (AIFES), Centre for Applied Legal Studies (CALS), Center for Human Rights, University of Pretoria, Initiative for Social and Economic Rights  (ISER), Movement for the Survival of the Ogoni People (MOSOP), Narasha Community Development Group (NCDG), Natural Resources Women Platform (NRWP), Southern & Eastern Africa Trade Information & Negotiations Institute (SEATINI), Uganda Consortium on Corporate Accountability-UCCA y Zimbabwe Environmental Law Associatione (ZELA)] realizaron una sesión estratégica virtual a principios de este mes para unificar acciones urgentes con relación al tratado. Parte de esta acción incluyó el pensamiento estratégico sobre cómo aprovechar el trabajo de muchas OCSs africanas y garantizar que los gobiernos de África participen de manera más efectiva en el proceso del tratado. La oportunidad de organizarse en torno a este tema ha surgido al margen del Foro Africano de Empresas y Derechos Humanos, donde varias organizaciones clave de la sociedad civil presentarán en sesiones formales e informales argumentos sobre por qué las medidas voluntarias, como los Planes de Acción Nacionales para implementar los PRNU han fallado hasta ahora en lograr la responsabilidad corporativa y por qué necesitamos urgentemente un tratado para regular el poder corporativo.

En realidad, varios movimientos sociales clave y OSCs en la región africana han estado abogando activamente por la necesidad urgente de un tratado jurídicamente vinculante de la ONU durante muchos años. En una consulta regional africana realizada por OSCs sobre el borrador del tratado jurídicamente vinculante sobre empresas y derechos humanos el año pasado, miembros clave de la sociedad civil africana emitieron una declaración colectiva apoyando firmemente la continuación del proceso existente y el perfeccionamiento del borrador existente. Además, las OSCs rechazaron la necesidad de iniciar cualquier proceso nuevo o la necesidad de cambiar fundamentalmente el texto. La declaración detalló además que el texto del tratado vinculante está:

“…efectivamente avanzando hacia los PRNU, tanto en las áreas de prevención como en el acceso a la reparación. Implica hacer obligatoria la debida diligencia en materia de derechos humanos y abordar los obstáculos para acceder a la reparación. Por lo tanto, rechazamos cualquier intento de debilitar estos elementos y solicitamos a los Estados Parte que continúen con este proceso existente y alcancen la finalización del texto. Al hacerlo, estarán haciendo el trabajo de los PRNU”.

En todo el mundo, la sociedad civil, los movimientos sociales, las comunidades afectadas y los defensores de los derechos humanos y ambientales se enfrentan a abusos y violaciones generalizadas y sistemáticas a los derechos humanos relacionados con las actividades comerciales. Esta tendencia se ve intensificada por la captura corporativa de la toma de decisiones de los gobiernos, las barreras a la regulación efectiva tanto en los Estados de origen como en los anfitriones de las empresas, en particular las empresas transnacionales, y la incapacidad de garantizar el acceso efectivo a la reparación y la rendición de cuentas. Los países del Sur Global enfrentan desafíos particulares para obtener reparación por los daños a sus comunidades y al medio ambiente por parte de las grandes corporaciones transnacionales con sede en el Norte Global. En consecuencia, los gobiernos del Sur Global se quedan con los costos y otras consecuencias a largo plazo de tales daños.

En el 2014, diez Estados africanos votaron a favor de la Resolución 26/9; lo cual allana el camino para el proceso hacia regulaciones internacionales vinculantes más estrictas para las ETNs y otras empresas comerciales. Este fue el apoyo más fuerte a nivel regional en este proceso, lo que es bastante significativo dado el debilitamiento de la participación de los Estados africanos a lo largo de los años.

Nuestras demandas
  1. NEGOCIAR de manera significativa y efectiva por un instrumento jurídicamente vinculante basado en el tercer borrador revisado que tome en consideración las sugerencias textuales presentadas por los Estados el año pasado y que promueva activamente las demandas por unas disposiciones más estrictas para hacer responsables a las corporaciones, según lo expresado por personas y comunidades afectadas por violaciones y abusos relacionados con las actividades comerciales. Los Estados deben actuar con urgencia en avanzar y, en última instancia, adoptar el instrumento jurídicamente vinculante en un esfuerzo por detener la impunidad corporativa y crear mecanismos efectivos para remediar y compensar a las comunidades y personas particularmente afectadas por las corporaciones transnacionales de las industrias extractiva, financiera, alimentaria, de salud y tecnológica; atendiendo a los diferentes y desproporcionados impactos que experimentan las mujeres en toda su diversidad, las personas de género no binario, las comunidades rurales, los pueblos indígenas y otros grupos históricamente marginados, así como las comunidades en contextos de conflicto y ocupación. verify link… add SPA if possible
  2. PRIORIZAR el avance y la primacía de los derechos humanos y ambientales en las negociaciones sobre el texto, incluidos los derechos específicos de los pueblos indígenas, que son vitales para el futuro de nuestra existencia en la tierra. En particular, es esencial exigir la articulación de una disposición sobre el derecho a la libre determinación en el texto del tratado. Además, las disposiciones clave sobre responsabilidad legal debidas a violaciones y abusos relacionados con las obligaciones empresariales y extraterritoriales deben permanecer al centro del texto del tratado. Es importante señalar que los Estados llevan consigo obligaciones en materia de derechos humanos a las organizaciones intergubernamentales (incluidas la ONU, el G20, el FMI, etc.) y tienen obligaciones extraterritoriales de regular a sus actores corporativos y financieros.
  3. ¡DETENER la captura corporativa del proceso del tratado! Las corporaciones no deberían influir sobre los gobiernos en los procesos de toma de decisiones en las que estas tengan un claro conflicto de intereses. Para ello, los Estados deben impedir que las empresas ejerzan influencia directa o indirecta en este y cualquier otro proceso de toma de decisiones que puedan afectar nuestros derechos humanos y ambientales. NEGOCIAR de manera significativa y efectiva por un instrumento jurídicamente vinculante basado en el tercer borrador revisado que tome en consideración las sugerencias textuales presentadas por los Estados el año pasado y que promueva activamente las demandas por unas disposiciones más estrictas para hacer responsables a las corporaciones, según lo expresado por personas y comunidades afectadas por violaciones y abusos relacionados con las actividades comerciales. Los Estados deben actuar con urgencia en avanzar y, en última instancia, adoptar el instrumento jurídicamente vinculante en un esfuerzo por detener la impunidad corporativa y crear mecanismos efectivos para remediar y compensar a las comunidades y personas particularmente afectadas por las corporaciones transnacionales de las industrias extractiva, financiera, alimentaria, de salud y tecnológica; atendiendo a los diferentes y desproporcionados impactos que experimentan las mujeres en toda su diversidad, las personas de género no binario, las comunidades rurales, los pueblos indígenas y otros grupos históricamente marginados, así como las comunidades en contextos de conflicto y ocupación. verify link… add SPA if possible
  4. DESMANTELAR las iniciativas multisectoriales en la toma de decisiones en la ONU y otros espacios multilaterales como una estrategia a largo plazo que servirá para salvaguardar mejor nuestros derechos. La ONU y otros espacios multilaterales deben centrarse en los derechos de los pueblos y especialmente de aquellos en riesgo, al eliminar cualquier conflicto de intereses en procesos donde las agendas corporativas puedan influir en los esfuerzos por detener la impunidad de las mismas. Estos espacios deben ser sólo una fuente de información para las corporaciones y no un espacio para influir en la formulación de políticas o legislación.
Documentos

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